En una decisión trascendental, el Tribunal Constitucional ha ratificado la constitucionalidad de la ley que permite a la presidenta Dina Boluarte ejercer sus funciones de manera remota cuando represente al país en eventos internacionales. Este fallo representa un hito en la historia constitucional del país, estableciendo un precedente clave para la flexibilización de las funciones presidenciales en la era digital.

La resolución del Tribunal Constitucional ha desestimado la demanda interpuesta por un grupo de congresistas que se oponían a esta medida, argumentando que la presidenta no debería poder realizar gestiones desde el extranjero de manera virtual. Con esta decisión, se garantiza el derecho de Boluarte a cumplir con sus deberes presidenciales sin estar físicamente en el país, siempre y cuando cuente con la autorización previa del Congreso.
Esta determinación ha generado un intenso debate político, reflejado en la postura de 34 congresistas que se opusieron a la posibilidad de que Boluarte despache de manera virtual. Sin embargo, el respaldo del Tribunal Constitucional a la ley en cuestión consolida el marco legal que permite la modernización y adaptación de las funciones presidenciales a las nuevas realidades tecnológicas y globales.